1-Sitúa junto a cada fecha el reinado correspondiente:
1814-1833: Fernando VII
1833-1840: Regencia de Maria Cristina.
1840-1843: Regencia de Espartero
1843-1868: Isabel II
2-Sitúa junto a cada fecha el periodo correspondiente:
Bienio Progresista: 1854-1856
Trienio Liberal: 1820-1823
Sexenio Absolutista: 1814-1820
Década moderada: 1843-1854
Década ominosa: 1823-1833
Gobierno de la unión liberal: 1858-1863
Crisis del final del reinado de Isabel II: 1863-1868
Regencia de Maria Cristina: 1833-1840
Regencia de Espartero: 1840-1846
3-Sitúa junto a cada constitución los periodos en los que estuvo vigente en el periodo entre 1814 y 1868, su carácter y el tipo de soberanía que establecen:
Constitución de 1812:
También denominada la Pepa, fue promulgada por las Cortes generales. Oficialmente estuvo vigente dos años (19 de marzo de 1812-24 de marzo de 1814) con la vuelta de Fernando VII. Después estuvo vigente durante el año 1820 (inicio del trienio liberal) a 1823.Vuelve Fernando VII con los Cien mil Hijos de San Luis y en 1836 a 1837 ( cuando se promulga una nueva Constitución).A pesar de su simbolismo, su vigencia fue muy reducida e intermitente en total (seis años).Adolece de tener una enorme extensión de artículos(384).Regulaba el sistema electoral, la Constitución establecía el sufragio, la libertad de imprenta, abolía la Inquisición, acordaba el reparto de tierras y la libertad de industria, entre otras cosas.
Estatuto Real:
A la muerte de Fernando VII su esposa Mª cristina de Borbón accede al trono en calidad de Regente.
La posición de regente no es clara respecto al restablecimiento de la Constitución y encarga a Francisco Martínez de la Rosa, Presidente del Consejo de Ministro, la elaboración de una nueva norma. Junto a Javier de Burgos el 10 de abril de 1834se promulga el Estatuto Real. Aprobado por Real Decreto, el Estatuto se convierte en una carta otorgada donde la Corona delega funciones en otros órganos del Estado. Por ello el poder legislativo y poder ejecutivo están en manos del Soberano. El estatuto de 1834 avanzaba un poco al compartir la soberanía nacional entre el rey y Las Cortes. Su vigencia se extiende hasta agosto de 1836 fecha que vuelve a entrar en vigor la Constitución de 1812.
Constitución de 1837:
Los enfrentamientos entre moderados y progresistas origino una crisis del Estado Real y provocó que la Reina Mª cristina de Borbón tuviese que restaurar la Constitución de 1812.Paso a la formación de corte progresista y a la consiguiente elección de unas Cortes Constituyentes encargadas de la reforma constitucional.
La Constitución de 1837 fue obra de los Progresistas buscando alcanzar un carácter conciliador. Sus principios se inspiraron en el texto de 1812.Introdujo la monarquía constitucional y establecía unas cortes bicamerales, se incorpora en nuestro país una declaración sistemática y homogénea de deerechos. Estuvo vigente hasta 1845.
Constitución de 1845:
En octubre de 1844 con la victoria de los moderados en las urnas, empieza la Década moderada, que finaliza con la sublevación de julio de 1854.
Narváez sustituyó a Gonzáles Bravo como presidente del Consejo de Ministros elaborando la reforma de la Constitución de 1837; de la que sale la Constitución de 1845.La base era la monarquía y las cortes, como instituciones que regulan la concordancia entre los antiguos fueros y las libertades y necesidades de la época. El texto promulgado por Isabel II resultaba ser una constitución radicalmente nueva dirigida a realzar la posición de la Corona y a consolidar una burguesía moderada. La Constitución estuvo vigente hasta el pronunciamiento del general Prim en Cádiz, en septiembre de 1868 que supuso, además el destronamiento de Isabel II.
Constitución de 1856:
El 30 de junio de 1854, varios generales encabezados por O´Donell, se pronuncian contra el gobierno. Para conservar su trono Isabel II llama al general Espartero a formar gobierno, que compartiría el poder con O´Donell. Es el inicio del Bienio progresista (1854-1856).
La Constitución del 1856 se trato de un proyecto que nunca llego a ser promulgado, también llamada “non nata” porque nunca llegó a entrar en vigor. De carácter nuevo y progresista, que reafirmaba el principi0o de la soberanía nacional, ahora de forma absoluta, y todas las instituciones, incluido la corona, encontrarían su fundamento en la voluntad de la Nación, reconocía derechos políticos e instalaba un régimen de tolerancia religiosa. Las cortes fueron disueltas en septiembre de 1856, y la Constitución no paso de proyecto.
4-Relaciona cada uno de los siguientes militares con un partido político:
Partido Carlista: Prim.
Partido demócrata: Serrano
Partido moderado: Narváez.
Partido progresista: Espartero y Zumalcalrregui.
Unión liberal: O´Donnel.
5-Sitúa junto a cada fecha el hecho correspondiente:
1814: Manifiesto de los Persas.
1820: Pronunciamiento de Riego.
1822: Regencia de Urgell.
1823: Intervención de los Cien mil hijos de San Luis.
1825: I independencia de Bolivia.
1827: Guerra de los Agraviados.
1833: Primera Guerra Carlista.
1833: Manifiesto de Abrantes.
1836: Pronunciamiento de los sargentos de la Granja.
1839: Abrazo de Vergara.
1842: Insurrección de Barcelona.
1846: Segunda guerra Carlista.
1854: Manifiesto del Manzanares.
1858: Expedición a Indochina.
1859: Guerra con Marruecos.
1861: Expedición a México.
1865: Sucesos de la Noche de San Daniel.
1866: Pacto del Ostende.
1866: Pronunciamiento del Cuartel de San Gil.
1868: Revolución gloriosa.
martes, 13 de enero de 2009
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