-Derechos Señoriales:conjunto de rentas y beneficios que recibían los señores;como los derechos de paso, monopolios de molino, de tienda, de taberna y cobros derivados de la jurisdicción como multas, todo tipo de impuestos cedidos por el rey...
Mayorazgo:es una institución del antiguo derecho castellano que permitía mantener un conjunto de bienes vinculados entre sí de manera que no pudiera nunca romperse este vincula.Los bienes así vinculados pasaban al heredero,normalmente al mayor de los hijos,de forma que el patrimonio nunca diseminaba sino que aumentaba.
Señorío de Abadengo:nombre que se daba a los señoríos dependientes de alguna iglesia o monasterio, por ser generalmente el abad el titular de la potestad señorial las tierras y habitantes estaban bajo la jurisdicción de la Iglesia.
Señorío de Realengo:eran aquellos que no se incluían en ninguna de las tres categorías establecidas (solariego,abadengo y behetria) y que dependían directamente de la autoridad real.De hecho, la principal parte del realengo serian las ciudades y villas privilegiadas con fueros o cartas pueblas.
Señorío Eclesiástico:el termino eclesiástico o abadengo se aplicaba al señorío en que es un monasterio el señor.
Señorío Jurisdiccional:poder de mando.No va sobre las tierras sino sobre las personas.Poderde ejercer justicia, impuestos, juzgar...el campesino(pequeños propietarios)no entrega rentas sino que paga lo impuestos que el señor les mande.Si el señor dice que e tiene que pagar una renta y el campesino no puede defenderse, con el tiempo el señorio , se convierte en un señorio pleno.
Señorío Laico:es el nombre dado a aquel fiel de la Iglesa Catolica que no es miembro del Clero;tambien llamado seglar.El dscubrimiento del término "laico"fue impulsado principalmente en el concilio Vaticano II.
Señorío Solariego:ligados a un noble o señor feudal.Eran los otorgados por la Corona a una persona de importancia del Reino o algun persoanaje de la nobleza.
Señorío Territorial:en los términos utilizados en España en la Baja Edad Media, el señorío territorial era el que obligaba al campesino a pagar rentas al noble por el uso de la tierra.
Vasallo: es el término con el que en el feudalismo se designa a un noble de categoría inferior u hombre libre que pide protección a un noble de categoría superior, su señor feudal. Le jura fidelidad, da asistencia y presta servicio militar en su favor, recibiendo a a cambio el control y la jurisdicción sobre la tierra y la población de su feudo o señorío.
sábado, 22 de noviembre de 2008
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